Para comprender el cambio climático
Instituto Nacional de Ecología
En el artículo 10 se listan los compromisos de todas las
Partes de la Convención, incluyendo los de países en
desarrollo como México. Entre estos compromisos figuran
los siguientes:
·
Formularán programas nacionales y, en su caso,
regionales para mejorar la calidad de los factores de
emisión, datos de actividad y/o modelos locales para la
realización y la actualización periódica de los
inventarios nacionales de las emisiones de origen humano
por las fuentes y la absorción por los sumideros de los
gases de efecto invernadero.
·
Formularán, aplicarán, publicarán y actualizarán
periódicamente programas nacionales y, en su caso,
regionales que contengan medidas para mitigar el cambio
climático y medidas para facilitar una adaptación
adecuada al cambio climático. Tales programas guardarán
relación, entre otras cosas, con los sectores de la
energía, el transporte y la industria así como la
agricultura, la silvicultura y la gestión de los
desechos.
·
Cooperarán en la promoción de modalidades eficaces para
el desarrollo, la aplicación y la difusión de
tecnologías, conocimientos especializados, prácticas y
procesos ecológicamente racionales en lo relativo al
cambio climático, y adoptarán todas las medidas viables
para promover, facilitar y financiar, según corresponda,
la transferencia de esos recursos o el acceso a ellos,
en particular en beneficio de los países en desarrollo.
·
Cooperarán en el plano internacional para la creación de
capacidad nacional, en particular capacidad humana e
institucional, en particular para los países en
desarrollo. Facilitarán en el plano nacional el
conocimiento público de la información sobre el cambio
climático y el acceso del público a ésta. (Artículo 10,
Protocolo de Kioto).
El Protocolo de Kioto entró en vigor el 16 de enero de
2005, 90 días después de la ratificación por parte de
Rusia. Con la firma de Rusia se recabaron las
ratificaciones de 141 países de la Convención (el mínimo
era de 55), incluyendo a países Anexo I cuyas emisiones
representan más de 55% de las emisiones totales de
dióxido de carbono para 1990 de dicho grupo.
III. Mecanismos Flexibles
Para cumplir con los compromisos establecidos para los
países Anexo I, el Protocolo de Kioto establece 3
mecanismos, denominados mecanismos flexibles:
· Implementación conjunta
· Mecanismo de Desarrollo Limpio
· Comercio de emisiones
El Protocolo de Kioto incluye tres mecanismos (artículos
6, 12 y 17) diseñados para incrementar la
costo-efectividad de la mitigación del cambio climático,
al crear opciones para que las Partes Anexo I puedan
reducir sus emisiones, o aumentar sus sumideros de
carbono de una manera más económica. Aunque el costo de
limitar emisiones o expandir la captura varía mucho
entre las regiones, el efecto en la atmósfera es el
mismo, sin importar donde se lleven a cabo dichas
acciones.
Continuará
Lic. Rosa Elena Ponce V. |